Quiénes se lucran con la Ley de Violencia de Género

Detrás de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, promulgada en España, se esconden tres verdades políticamente incorrectas.

La primera, el sobredimensionamiento de la denominada violencia de género por parte del pensamiento hegemónico. La segunda, a diferencia de lo que muestran los medios de comunicación, España está a la cola en muertes violentas de mujeres, siendo estable los casos desde 1999 (60-70 casos anuales), tal como señalé en otro artículo. La tercera: con esta ley se lucran asociaciones feministas, los partidos políticos y cualquier medio o entidad que se circunscriba a sus dogmas. Todos ellos manipulan la realidad para mostrarla de tal forma que les siga siendo rentable esta dichosa ley.

Cuantas más denuncias, más ayudas, más financiación; y cuantas más ayudas, más se incentivan las denuncias

Para comprender cómo se lucran todas estas entidades, es necesario entender que se trata de un circuito de retroalimentación, donde se encuentran las denuncias por violencia de género, los presupuestos y subvenciones y la financiación con los Fondos Europeos. Cuantas más denuncias, más ayudas, más financiación; y cuantas más ayudas, más se incentivan las denuncias.

Las denuncias falsas existen

Hasta la década de los 90 se producían en España en torno a 15.000-20.000 denuncias al año por violencia de hombres a mujeres en el ámbito de la pareja. Posteriormente, hasta principios de este milenio, se registraron unas 70.000 denuncias anuales. Y a partir del 2005, con la implantación de la ley, las denuncias ascienden a 126.000 al año, cifra que continúa aumentando (en 2017 ya 166.000). El primer salto se explica porque, en 1999, comienza a contemplarse el maltrato psicológico como delito y, además, el delito de violencia contra la mujer se extiende a los casos entre ex parejas. Eso explica que se incremente sustancialmente el número de denuncias.

En España, la “Ley contra la Violencia de Género” vulneró principios fundamentales como la igualdad ante la ley y la presunción de inocencia

Pero el segundo salto no se debe a una recalificación de los actos delictivos, sino a la “Ley contra la Violencia de Género”, que introduce el concepto de discriminación positiva, vulnerando así, de forma evidente, la igualdad ante la ley. Se empiezan a aplicar penas diferentes en función de si el hecho lo comete un hombre o una mujer. Incluso, determinados actos constituyen delito si son cometidos por un hombre… pero no si los comete una mujer. También se suprime la presunción de inocencia, invirtiendo la carga de la prueba: el hombre denunciado es culpable hasta que no demuestre su inocencia. Y, además, esta ley concede sustanciosas ayudas económicas y ventajas jurídicas a las mujeres que denuncian, incluso antes de que se dicte sentencia.

No sólo eso, se crea una jurisdicción específica para la violencia de género, unos Tribunales de Excepcióninconstitucionales pues están expresamente prohibidos por la Constitución Española de 1978, en los que solamente se juzga a hombres. A este proceso discriminatorio se le añade otro más perverso: se crean fuertes incentivos para que la mujer acuse a su esposo de malos tratos en los procesos de separación conyugal. Hasta el punto que surgen abogados especializados en ello, que introducen estas acusaciones como elemento de presión en la negociación del divorcio.

Pero, ¿qué impulsa a una mujer a recurrir a estas más que dudosas prácticas de denuncia indebida? Muy sencillo: con una denuncia por malos tratos se agiliza el proceso de separación. Para empezar, el expediente de separación pasa de ser un trámite civil (Juzgado de Familia) a uno penal (Juzgado de Violencia de Género). Además, sin que el esposo haya sido juzgado, se aplican medidas cautelares desproporcionadas, como una orden de alejamiento.

La mujer que, en un proceso de divorcio, acusa a su esposo de violencia, obtiene enormes ventajas legales y económicas

Pero aquí no termina el despliegue de incentivos. La mujer que ha denunciado obtiene, en pocos días, la custodia total de los hijos, una pensión alimenticia y el derecho exclusivo al uso de la vivienda. Y, aunque la mujer disponga de medios económicos sobrados, puede beneficiarse de los servicios gratuitos de un abogado a cargo de la Administración. Infinidad de beneficios para la mujer; al hombre, por el contrario, se le despoja de todo sin haber sido ni siquiera juzgado.

Las denuncias falsas apenas se investigan

Mientras esta práctica inmoral está a la orden del día, los medios de comunicación insisten en afirmar que sólo el 0.0075% de las denuncias son falsas. Su fuente proviene de la Fiscalía General del Estado pero lo que dice esta fiscalía realmente no es que sólo exista este porcentaje de denuncias falsas sino que solo ha investigado y comprobado como falsas ese número. Existen muchas más que quedan impunes. Pero ¿por qué no se investigan?

Los procesos legales son complejos; si el juez no aprecia delito de violencia de género se debe a que o no existió o bien no se encuentran indicios o pruebas. La mayoría de las veces no se sabe si se debe a una razón u otra y por ello se procede a archivar y a absolver al hombre denunciado. Del más de millón de denuncias interpuestas desde la ley, la tasa de delitos inexistentes, archivados o sobreseídos es del 80% respecto a los hombres enjuiciados, según los datos del CGPJ. Exactamente ahí, en esas sentencias es donde se ocultan las denuncias falsas.

Para una mujer, el riesgo de denunciar falsamente a su esposo es mínimo, casi inexistente

Ahora bien, si el juez tiene claro que no hay pruebas porque no hay delito de malos tratos y sospecha que la denunciante lo sabía, entonces se puede abrir un nuevo proceso por denuncia falsa. Pero este nuevo procedimiento discurre de igual modo: si no hay pruebas de denuncia falsa, el caso se archiva. Al contrario, si hay pruebas de ello y se condena, la pena máxima para esa mujer es de 2 años de prisión pero, sin antecedentes, la pena queda en suspenso. Por tanto, para una mujer, el riesgo de denunciar falsamente a su esposo es mínimo, casi inexistente.

Resumiendo, ese famoso 0,0075% hace referencia solamente a los casos en los que se abrió un proceso penal contra la mujer, se acusó, juzgó y condenó, confirmando la Audiencia Provincial la sentencia. Cabe preguntarse por qué la Fiscalía no actúa de oficio ante un falso testimonio. Lo cierto es que sólo actúa en casos muy flagrantes y, además, resulta que denunciar sin pruebas no es un delito. Pero, sobre todo, lo fundamental aquí es que la Fiscalía no es independiente: trabaja para el Gobierno, para el Poder Político.

Existen incentivos cuantiosos para incitar la denuncia falsa

Todo el edificio económico de subvenciones pivota en un hecho jurídico, las denuncias. A través de la ley se establecen unos criterios para el reparto de los Fondos Europeos. Una tercera parte de los fondos atiende a criterios vinculados con valores demográficos. Las otras dos terceras partes atiende al número de mujeres asesinadas, al número de mujeres que se declaran maltratadas y al número de denuncias interpuestas. Así, a mayor número de denuncias más dinero procedente del Fondo Social Europeo se reparte al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

A mayor número de denuncias más dinero procedente del Fondo Social Europeo se reparte al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Qué mejor forma de obtener fondos que por medio de las denuncias. Pero, para ello, tuvieron que modificar el Código Penal y violentar los principios de igualdad ante la ley, causalidad y presunción de inocencia. Así se amparan situaciones esperpénticas como un hombre que fue condenado por soltar una ventosidad durante una discusión con su pareja. Incorporándose este hecho en el largo catálogo de acciones punibles por las que los hombres pueden ser denunciados. En palabras de Soledad Murillo de la Vega“cuando hicimos la ley se nos planteaba el dilema entre la presunción de inocencia y el derecho a la vida, y optamos por salvar vidas”. Suena a naufragio: “primero las mujeres y los niños”.

A las motivaciones para denunciar se suma la llamada Renta Activa de Inserción (RAI),una ayuda que, como otras, se concede a la mujer por la mera denuncia, sin que exista base legal base legal constitutiva de la existencia de maltrato. Así se explica que, a pesar del descenso de número de hombres condenados, haya aumentado el número de mujeres perceptoras de los pagos de la RAI: 10.913 hombres condenados frente a 31.555 mujeres perceptoras de la RAI en 2015.

A la sombra de la “Ley de Violencia de Género”, se repartieron más de 93 millones de euros en subvenciones desde el año 2014

A este sistema de percepción de fondos se le suman las múltiples subvenciones que conceden las Administraciones Públicas. Hace poco Absolutexe, el Grifo de Twitterdocumentó más de 93 millones de euros concedidos, en más de 9.000 subvenciones aprobadas desde el año 2014. Partiendo de los términos “mujer” y “convocatoria” hizo toda una aproximación. Así aparecen entidades como la Fundación Mujeres, la Asociación Mujeres para la Salud o la Asociación de Mujeres Juristas Themis, quienes reciben cuantiosas ayudas en esta materia además de otras distintas instancias. En cualquier caso, la lista de entidades que reciben subvenciones es muy larga. Es todo un enredo de aportaciones que confirma el lucro de estas asociaciones y otras tantas. Pero también confirma el papel del Estado y su intención a la hora de incentivarlas y mantenerlas.

La verdadera lacra de la Ley de Violencia de Género

Como se puede apreciar, esto es un círculo vicioso: la pescadilla que se muerde la cola. Con una simple denuncia se activan los mecanismos económicos: y las ayudas y subvencionas animan a denunciar. La dotación para la denominada “violencia de género” y su difusión y relevancia en los medios de comunicación nada tiene que ver con el bienestar de las personas sino con el beneficio privado que las ayudas proporcionan a algunas asociaciones, que han hecho de la Ley de Violencia de Género su medio de vida.

Algunas asociaciones han hecho de la Ley de Violencia de Género, y las ayudas que contempla, su medio de vida

Como consecuencia de esta perniciosa ley se violan sistemáticamente los derechos humanos, no sólo de los hombres afectados, sino también de niños, abuelos, familias, etc. Y otro daño colateral de esta ley es el infligido a aquellas mujeres que realmente necesitan ayuda, que piden auxilio y no tienen las asistencias necesarias para salvaguardar sus vidas.

La ley falla porque no quiere ver que la violencia íntima en la pareja es un problema humano en el que están implicados factores psicobiológicos y culturales. La Ley no funciona porque no protege ni siquiera a las mujeres, por más que diferentes estamentos elogien su aprobación y puesta en marcha. Pero los datos en contra son muy tozudos. Sólo la sociedad puede impedir que la política y sus brazos largos se adueñen definitivamente de nuestras vidas. Depende absolutamente de todos nosotros no seguir ignorando tan enorme daño. La vida de cada persona no debería tener un precio distinto y menos aún en función de su “género”.

© Cuca Casado — Disidentia 2018